jueves, 8 de diciembre de 2016

Cumbre de la Tierra de Rio de Janeiro

Resultado de imagen para cumbre de rio de janeiro                                                                               La Conferencia fue la oportunidad de adoptar un programa de acción para el siglo XXI, llamado Pograma 21 (Agenda 21 en inglés) que enumera algunas de las 2500 recomendaciones relativas a la aplicación de los principios de la declaración.
Tiene en cuenta las cuestiones relacionadas con la salud, la vivienda, la contaminación del aire, la gestión de los mares, bosques y montañas, la desertificación, la gestión de los recursos hídricos y el saneamiento, la gestión de la agricultura, la gestión de residuos. Incluso hoy, el Programa 21 es la referencia para la aplicación del desarrollo sostenible en los territorios.
Proclama que: 



PRINCIPIO 1 
Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. 

PRINCIPIO 2 
De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo, y la responsabilidad de velar por que las actividades realizadas dentro de su jurisdicción o bajo su control no causen daños al medio ambiente de otros Estados o de zonas que estén fuera de los límites de la jurisdicción nacional. 

PRINCIPIO 3
El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras. 

PRINCIPIO 4 
A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada. 

PRINCIPIO 5 
Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo. 

PRINCIPIO 6 
Se deberá dar especial prioridad a la situación y las necesidades especiales de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados y los más vulnerables desde el punto de vista ambiental. En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio ambiente y al desarrollo también se deberían tener en cuenta los intereses y las necesidades de todos los países.

PRINCIPIO 7 
Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas. Los países desarrollados reconocen la responsabilidad que les cabe en la búsqueda internacional del desarrollo sostenible, en vista de las presiones que sus sociedades ejercen en el medio ambiente mundial y de las tecnologías y los recursos financieros de que disponen. 

PRINCIPIO 8 
Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas. 

PRINCIPIO 9 
Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías nuevas e innovadoras. 

PRINCIPIO 10 
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes. 

PRINCIPIO 11 

Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y económico injustificado para otros países, en particular los países en desarrollo. 

PRINCIPIO 12
Los Estados deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional. 

PRINCIPIO 13 
Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar asimismo de manera expedita y más decidida en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdicción.

PRINCIPIO 14 
Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana. 

PRINCIPIO 15 
Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente. 

PRINCIPIO 16 
Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe, en PRINCIPIO, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales.

PRINCIPIO 17 
Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio ambiente y que este sujeta a la decisión de una autoridad nacional competente. 

PRINCIPIO 18 
Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados. La comunidad internacional deberá hacer todo lo posible por ayudar a los Estados que resulten afectados. 

PRINCIPIO 19 
Los Estados deberán proporcionar la información pertinente y notificar previamente y en forma oportuna a los Estados que posiblemente resulten afectados por actividades que puedan tener considerables efectos ambientales transfronterizos adversos, y deberán celebrar consultas con esos Estados en una fecha temprana y de buena fe. 

PRINCIPIO 20 
Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo. Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible. 

PRINCIPIO 21 
Debería movilizarse la creatividad, los ideales y el valor de los jóvenes del mundo para forjar una alianza mundial orientada a lograr el desarrollo sostenible y asegurar un mejor futuro para todos. 

PRINCIPIO 22 
Las poblaciones indígenas y sus comunidades, así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible. 

PRINCIPIO 23 
Deben protegerse el medio ambiente y los recursos naturales de los pueblos sometidos a opresión, dominación y ocupación. 

PRINCIPIO 24
La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En consecuencia, los Estados deberán respetar las disposiciones de derecho internacional que protegen al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y cooperar en su ulterior desarrollo, según sea necesario. 

PRINCIPIO 25
La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables. 

PRINCIPIO 26
Los Estados deberán resolver pacíficamente todas sus controversias sobre el medio ambiente por medios que corresponda con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas. 

PRINCIPIO 27
Los Estados y las personas deberán cooperar de buena fe y con espíritu de solidaridad en la aplicación de los principios consagrados en esta Declaración y en el ulterior desarrollo del derecho internacional en la esfera del desarrollo sostenible. 
Después de la primera cumbre histórica de Río de Janeiro en 1992 y diez años después de la de Johannesburgo en 2002. Se realizó la Cumbre de la Tierra Río+20 -llamada oficialmente Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sustentable- se celebró del 20 al 22 de junio de 2012 en Río de Janeiro, Brasil.


El desarrollo del evento fue una de las Cumbres de la Tierra -organizadas por la ONU- celebrada en Río de Janeiro en Brasil del 3 al 14 de junio de 1992, el Gobierno y 178 países. Maurice Strong fue el secretario general. Aproximadamente 400 representantes de organizaciones no gubernamentales (ONG) estuvieron presentes, mientras que más de 17 000 personas asistieron al Foro de ONG celebrando paralelamente a la Cumbre. Fue predecesora de la Conferencia sobre el Medio Humano (Suecia, 1972) y fue celebrada veinte años después, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD) que popularmente es conocida como Cumbre de Río o de la Tierra.

Declaración de Estocolmo Sobre el Medio Ambiente Humanoa


Resultado de imagen para naciones unidas

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (también conocida como la Conferencia de Estocolmo) fue una conferencia internacional convocada bajo el auspicio de las Naciones Unidas y celebrada en Estocolmo, Suecia desde el 5 al 16 de junio de 1972.
Fue la primera gran conferencia de la ONU sobre cuestiones ambientales internacionales, y marcó un punto de inflexión en el desarrollo de la política internacional del medio ambiente
La conferencia fue abierta y dirigida por el primer ministro sueco Olof Palme (Suecia fue la impulsora de esta conferencia) y Kurt Waldheim (secretario general de la ONU en ese entonces).Con la asistencia de los representantes de 113 países, 19 organismos intergubernamentales, y más de 400 organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, es ampliamente reconocida como el comienzo de la conciencia política y pública de los problemas ambientales.
La conferencia de Estocolmo acordó una Declaración de 7 puntos y una Resolución de 26 principios.
  1. El hombre es a la vez obra y artífice de su entorno, lo que le da el sustento material y le brinda la oportunidad de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente. En la larga y tortuosa evolución de la raza humana en este planeta ha llegado a una etapa cuando, a través de la rápida aceleración de la ciencia y la tecnología, el hombre ha adquirido el poder de transformar su medio de innumerables maneras y en una escala sin precedentes. Ambos aspectos del medio humano, lo natural y lo artificial, son esenciales para su bienestar y al disfrute de los derechos humanos el derecho a la vida misma.
  2. La protección y mejora del medio ambiente humano es una cuestión fundamental que afecta el bienestar de los pueblos y el desarrollo económico en todo el mundo, es el deseo urgente de los pueblos de todo el mundo y el deber de todos los gobiernos.
  3. El hombre tiene constantemente recapitulación de su experiencia y continuar descubriendo, inventando, creando y progresando. En nuestro tiempo, la capacidad del hombre para transformar su entorno, si se usan sabiamente, pueden traer a todos los pueblos los beneficios del desarrollo y la oportunidad de mejorar la calidad de vida. Erróneamente o imprudentemente, el mismo poder puede causar daños incalculables al ser humano y el medio ambiente humano. Vemos a nuestro alrededor cada vez mayor evidencia de daño hecho por el hombre en muchas regiones de la tierra: niveles peligrosos de contaminación en agua, aire, tierra y los seres vivos; grandes trastornos para el equilibrio ecológico de la biosfera, la destrucción y agotamiento de recursos insustituibles y graves deficiencias, nocivas para la salud física, mental y social del hombre, en el medio ambiente por el hombre, sobre todo en las condiciones de vida y de trabajo.
  4. En los países en desarrollo, la mayoría de los problemas ambientales están motivados por el subdesarrollo. Millones de personas siguen viviendo muy por debajo de los niveles mínimos necesarios para una existencia humana decorosa, privadas de alimentación y vestido, de vivienda y educación, de sanidad e higiene adecuados. Por ello, los países en desarrollo deben dirigir sus esfuerzos hacia el desarrollo, teniendo presentes sus prioridades y la necesidad de salvaguardar y mejorar el medio. Con el mismo fin, los países industrializados deben esforzarse por reducir la distancia que los separa de los países en desarrollo. En los países industrializados, los problemas ambientales están generalmente relacionados con la industrialización y el desarrollo tecnológico.
  5. El crecimiento natural de la población plantea continuamente problemas relativos a la preservación del medio, y se deben adoptar normas y medidas apropiadas, según proceda, para hacer frente a esos problemas. De cuanto existe en el mundo, los seres humanos son lo más valioso. Ellos son quienes promueven el progreso social, crean riqueza social, desarrollan la ciencia y la tecnología y, con su duro trabajo, transforman continuamente el medio humano. Con el progreso social y los adelantos de la producción, la ciencia y la tecnología, la capacidad del hombre para mejorar el medio se acrece cada día que pasa.
  6. Un punto se ha alcanzado en la historia en que debemos orientar nuestros actos en todo el mundo con un mayor cuidado de sus consecuencias ambientales. Por ignorancia o indiferencia podemos causar daños inmensos e irreparables al medio terráqueo en el que nuestra vida y el bienestar dependen. Por el contrario, a través de un conocimiento más profundo y una acción más prudente, podemos conseguir para nosotros y nuestra posteridad una vida mejor en un ambiente más acorde con las necesidades humanas y esperanzas. Hay amplias perspectivas para la mejora de la calidad ambiental y la creación de una buena vida. Lo que se necesita es entusiasmo, pero la calma de la mente y el trabajo intenso pero ordenado. 
  7. Para llegar a esa meta será menester que ciudadanos y comunidades, empresas e instituciones, en todos los planos, acepten las responsabilidades que les incumben y que todos ellos participen equitativamente en la labor común. Hombres de toda condición y organizaciones de diferente índole plasmarán, con la aportación de sus propios valores y la suma de sus actividades, el medio ambiente del futuro. Corresponderá a las administraciones locales y nacionales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, la mayor parte de la carga en cuanto al establecimiento de normas y la aplicación de medidas en gran escala sobre el medio. Hay un número cada vez mayor de problemas relativos al medio que, por ser de alcance regional o mundial o por repercutir en el ámbito internacional común, requerirán una amplia colaboración entre las naciones y la adopción de medidas por las organizaciones internacionales en interés de todos. La conferencia encarece a los gobiernos y a los pueblos que aúnen sus esfuerzos para preservar y mejorar el medio humano en beneficio del hombre y de su posteridad.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Expresa la convicción común de que:
Principio I. El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar y, tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio para las generaciones presentes y futuras. A este respecto, las políticas que promueven o perpetúan el apartheid, la segregación racial, la discriminación, la opresión colonial y otras formas de opresión y de dominación extranjera quedan condenadas y deben eliminarse.
Principio 2. Los recursos naturales de la tierra, incluidos el aire, el agua, la tierra, la flora y la fauna y especialmente muestras representativas de los ecosistemas naturales, deben preservarse en beneficio de las generaciones presentes y futuras mediante cuidadosa planificación u ordenación, según convenga.
Principio 3. Debe mantenerse y, siempre que sea posible, restaurarse o mejorarse la capacidad de la tierra para producir recursos vitales renovables.
Principio 4. El hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y fauna silvestres y su hábitat, que se encuentran actualmente en grave peligro por una combinación de factores adversos. En consecuencia, al planificar el desarrollo económico debe atribuirse importancia a la conservación de la naturaleza, incluidas la flora y fauna silvestres.
Principio 5. Los recursos no renovables de la tierra deben emplearse de forma que se evite el peligro de su futuro agotamiento y se asegure que toda la humanidad comparte los beneficios de tal empleo.
Principio 6. Debe ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas o de otras materias y a la liberación de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas, para que no se causen daños graves o irreparables a los ecosistemas. Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos los países contra la contaminación.
Principio 7. Los estados deberán tomar todas las medidas posibles para impedir la contaminación de los mares por sustancias que puedan poner en peligro la salud del hombre, dañar los recursos vivos y la vida marina, menoscabar las posibilidades del esparcimiento o entorpecer otras utilizaciones legítimas del mar.
Principio 8. El desarrollo económico y social es indispensable para asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo favorable y crear en la tierra las condiciones necesarias para mejorar la calidad de la vida.
Principio 9. Las deficiencias del medio originadas por las condiciones del subdesarrollo y los desastres naturales plantean graves problemas y, la mejor manera de subsanarlas es el desarrollo acelerado mediante la transferencia de cantidades considerables de asistencia financiera y tecnológica que complemente los esfuerzos internos de los países en desarrollo y la ayuda oportuna que pueda requerirse.
Principio 10. Para los países en desarrollo, la estabilidad de precios y la obtención de ingresos adecuados de los productos básicos y las materias primas son elementos esenciales para la ordenación del medio, ya que han de tenerse en cuenta tanto los factores económicos como los procesos ecológicos.
Principio 11. Las políticas ambientales de todos los estados deberían estar encaminadas a aumentar el potencial de crecimiento actual ó futuro de los países en desarrollo y no deberían menoscabar ese potencial ni obstaculizar el logro de mejores condiciones de vida para todos y, los estados y las organizaciones internacionales deberían tomar las disposiciones pertinentes con miras a llegar al acuerdo para hacer frente a las consecuencias económicas que pudieran resultar, en los planos nacional e internacional, de la aplicación de medidas ambientales.
Principio 12. Deberían destinarse recursos a la conservación y mejoramiento del medio, teniendo en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales de los países en desarrollo y cualesquiera gastos que pueda originar a estos países la inclusión de medidas para la conservación del medio en sus planes de desarrollo, así como la necesidad de prestarles, cuando lo soliciten, más asistencia financiera internacional con ese fin.
Principio 13. A fin de lograr una más racional ordenación de los recursos y mejorar así las condiciones ambientales, los estados deberían adoptar un enfoque integrado y coordinado de la planificación de su desarrollo de modo que quede asegurada la compatibilidad del desarrollo con la necesidad de proteger y mejorar el medio humano en beneficio de su población.
Principio 14. La planificación racional constituye un instrumento indispensable para conciliar las diferencias que puedan surgir entre las exigencias del desarrollo y la necesidad de proteger y mejorar el medio.
Principio 15. Debe aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y a la urbanización con miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre el medio y a obtener los máximos beneficios sociales económicos y ambientales para todos. A este respecto deben abandonarse los proyectos destinados a la dominación colonialista y racista.
Principio 16. En las regiones en que exista el riesgo de que la tasa de crecimiento demográfico o las concentraciones excesivas de población perjudiquen al medio o al desarrollo, o en que la baja densidad de población pueda impedir el mejoramiento del medio humano y obstaculizar el desarrollo, deberían aplicarse políticas demográficas que respetasen los derechos humanos fundamentales y contasen con la aprobación de los gobiernos interesados.
Principio 17. Debe confiarse a las instituciones nacionales competentes la tarea de planificar, administrar o controlar la utilización de los recursos ambientales de los estados con miras a mejorar la calidad del medio.
Principio 18. Como parte de su contribución al desarrollo económico y social se deben utilizar la ciencia y la tecnología para descubrir, evitar y combatir los riesgos que amenazan al medio, para solucionar los problemas ambientales y para el bien común de la humanidad.
Principio 19. Es indispensable una labor de educación en cuestiones ambientales, dirigida tanto a las generaciones jóvenes como a los adultos y que preste la debida atención al sector de población menos privilegiado, para ensanchar las bases de una opinión pública bien informada y de una conducta de los individuos, de las empresas y de las colectividades inspirada en el sentido de su responsabilidad en cuanto a la protección y mejoramiento del medio en toda su dimensión humana. Es también esencial que los medios de comunicación de masas eviten contribuir al deterioro del medio humano y difundan, por el contrario, información de carácter educativo sobre la necesidad de protegerlo y mejorarlo, a fin de que el hombre pueda desarrollarse en todos los aspectos.
Principio 20. Se deben fomentar en todos los países, especialmente en los países en desarrollo, la investigación y el desenvolvimiento científicos referentes a los problemas ambientales, tanto nacionales como multinacionales. A este respecto, el libre intercambio de información científica actualizada y de experiencia sobre la transferencia debe ser objeto de apoyo y asistencia, a fin de facilitar la solución de los problemas ambientales; las tecnologías ambientales deben ponerse a disposición de los países en desarrollo en condiciones que favorezcan su amplia difusión sin que constituyan una carga económica excesiva para esos países.
Principio 21. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los principios del derecho internacional, los estados tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional.
Principio 22. Los estados deben cooperar para continuar desarrollando el derecho internacional en lo que se refiere a la responsabilidad y a la indemnización a las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales que las actividades realizadas dentro de la jurisdicción o bajo el control de tales estados causen a zonas situadas fuera de su jurisdicción.
Principio 23. Sin perjuicio de los criterios que puedan acordarse por la comunidad internacional y de las normas que deberán ser definidas a nivel nacional, en todos los casos será indispensable considerar los sistemas de valores prevalecientes en cada país y la aplicabilidad de unas normas que, si bien son válidas para los países más avanzados, pueden ser inadecuados y de alto costo social para los países en desarrollo.
Principio 24. Todos los países, grandes o pequeños, deben ocuparse, con espíritu de cooperación y de pie de igualdad, en las cuestiones internacionales relativas a la protección y mejoramiento del medio. Es indispensable cooperar, mediante acuerdos multilaterales o bilaterales o por otros medios apropiados, para controlar, evitar, reducir y eliminar eficazmente los efectos perjudiciales que las actividades que se realicen en cualquier esfera puedan tener para el medio, teniendo en cuenta debidamente la soberanía y los intereses de todos los estados.
Principio 25. Los estados se asegurarán de que las organizaciones internacionales realicen una labor coordinada, eficaz y dinámica en la conservación y mejoramiento del medio.
Principio 26. Es preciso librar al hombre y a su medio de los efectos de las armas nucleares y de todos los demás medios de destrucción en masa. Los estados deben esforzarse por llegar pronto a un acuerdo, en los órganos internacionales pertinentes, sobre la eliminación y destrucción completa de tales armas.
REFENCIA
http://www.ecSologiahoy.com/conferencia-de-estocolmo
https://es.wikipedia.org/wiki/Cumbre_de_la_Tierra_de_Estocolmo

Paises Desarrollados, en Desarrollo y Subdesarrollados

PAISES DESARROLLADOS
Un país desarrollado, en general, es un país que posee tanto un alto nivel de vida (un alto desarrollo humano) como un gran desarrollo industrial y comercial. Uno de los indicadores más usados para considerar a un país como «desarrollado» es el índice de desarrollo humano. Dicho índice toma en cuenta la riqueza, la educación y la sanidad, otro indicador el cual predomina frente a la definición de países desarrollados es lo que el Fondo Monetario Internacional2 establece, como márgenes per cápita de países desarrollados, que van desde los 20.000US$ per cápita (nominal), y en el caso del per cápita PPA va desde 22.000US$ (Paridad Poder Adquisitivo) en adelante, con lo cual se denominaría como países con economías avanzadas según el FMI, y países de Ingresos altos según el Banco Mundial, y evidenciaría una economía desarrollada para cada país en particular generando como consecuencia un alto nivel de vida. No existe un consenso absoluto sobre todos los criterios usados para calificar el desarrollo.
ejemplo de paises y dependencias en desarrollo

  • Alemania
  •  Andorra
  •  Australia
  •  Bélgica
  • Canadá
  • Chipre
  • Corea del Sur    
  •  Dinamarca
  •  Eslovaquia
  •  Eslovenia
  • España
  • Estados Unidos
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Grecia
  • Irlanda
  • Islandia
  • Israel
  • Italia
  • Japón
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Noruega
  • Nueva Zelanda
  • Países Bajos
  • Portugal
  • Reino Unido
  • República Checa
  • San Marino
  • Singapur
  • Suecia
  • Suiza

Dependencias
  • Ciudad del Vaticano
  • Hong Kong
  • Macao
  • Mónaco
  • Taiwán
Resultado de imagen para ciudad del vaticano
             

PAISES EN DESARROLLO

        Resultado de imagen para todas las banderas del mundo 

Los países en vías de desarrollopaíses en desarrollo o países de desarrollo intermedio, son aquellos países cuyas economías se encuentran en pleno desarrollo económico partiendo de un estado de subdesarrollo o de una economía de transición. Si bien aún no alcanzan el estatus de los países desarrollados, han avanzado más que otros que aún son considerados países subdesarrollados.


Un país en subdesarrollo podría ser considerado en vías de desarrollo, o incluso emergente:
  • Cuando supera un determinado nivel de desarrollo humano, por encima de 0,800 de IDH (índice de desarrollo humano),
  • Tiene una Renta per cápita generalmente superior a los 8.000 dólares,
  • Tiene determinado tamaño de economía o despliegue económico a pesar de no tener IDH por encima de 0,800 o ingresos per cápita altos, como es el caso de: China, India, Indonesia y otros.
El listado de países en vías de desarrollo no está definido y genera ciertas controversias. A continuación, un listado de algunos países considerados en vías de desarrollo

  • Brasil
  • Turquía
  • China
  • Egipto
  • Rusia
  • Colombia
  • Sudáfrica
  • Malasia
  • India
  • Marruecos
  • República Checa
  • Pakistán
  • Hungría
  • Filipinas
  • México
  • Tailandia
  • Polonia
  • Argentina
  • Corea del Sur
  • Chile
      Resultado de imagen para paises en desarrollo

 PAISES EN BAJO DESARROLLO
   
Según la definición utilizada en las Naciones Unidas, que creó el término en 1971, son los que muestran los indicadores socioeconómicos más bajos, especialmente en el Índice de Desarrollo Humano (IDH); y reúnen los tres criterios siguientes:2 3
  • Baja renta per cápita: tres años de media inferior a 905 dólares USA, requiriéndose superar los 1,086 para superar la condición de menos desarrollado.
  • Debilidad en recursos humanos: comprobada con los indicadores de nutrición, salud, educación y alfabetización de adultos.
  • Vulnerabilidad económica: producida por la inestabilidad de la producción agraria, de las exportaciones de bienes y servicios, la concentración en la exportación de ciertas mercancías -monocultivos-, la escasa importancia económica de las actividades no tradicionales -economía de subsistencia-, las dificultades consiguientes a las pequeña escala del mercado nacional y las empresas o la repetición de desastres naturales, guerras o conflictos internos que causen desplazamientos masivos de la población.
Resultado de imagen para paises de bajo desarrollo humano 
La regulación del comercio internacional ha desarrollado condiciones especialmente ventajosas para los países menos desarrollados, a través de las negociaciones de la Ronda Doha y otras regulaciones de la Organización Mundial de Comercio. Durante la Cumbre Ministerial de Hong Kong de 2005 (en:World Trade Organization Ministerial Conference of 2005) se acordó que sus exportaciones podrían beneficiarse de cuotas libres de acceso y 100% libres de aranceles a los mercados de Estados Unidos y otros países desarrollados, si la ronda se completara. No obstante, el análisis de lo acordado efectuado por algunas ONG de ayuda al desarrollo señaló que el texto incluía carencias sustanciales y que podría interpretarse de modo que ese acceso fuera en realidad mucho menos efectivo incluso que en la actualidad.
ejemplo de paises en bajo desarrollo.
en africa;
-Mauritania, Mali, Níger, Chad, Sudán, Eritrea, Etiopía, Somalia, Senegal, Gambia, Guinea Bissau, Guinea Conakry, Sierra Leona, Liberia, Costa de Marfil, Burkina Faso, Ghana, Togo, Benín, Nigeria, Camerún, República Centroafricana, Congo, República Democrática del Congo, Uganda, Kenia, Ruanda, Burundi, Tanzania, Malawi, Zambia, Angola, Zimbabue, Mozambique y Madagascar; 

en sudamerica y centroamerica:
-Belice, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Jamaica, Haití, República Dominicana, Bolivia, Paraguay, Venezuela, las tres Guayanas. 

en asia:
-Irak, Kazajistán, Kirguistán, Uzbekistán, Turkmenistán, Afganistán, Pakistán, India, Nepal, Mongolia, China, Bangladesh, Bhután, Myanmar (Birmania), Laos, Vietnam, Indonesia, Corea del Norte; así como en Oceanía, Papúa Nueva Guinea e Islas Salomón;
Resultado de imagen para paises en bajo desarrollo

REFERENCIAS:
https://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADs_desarrollado#Lista_de_pa.C3.ADses_y_dependencias_desarrollados.2C_seg.C3.BAn_todos_los_criterios
https://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADs_en_v%C3%ADas_de_desarrollo
http://www.ejemplos.co/20-ejemplos-de-paises-en-vias-de-desarrollo/
https://es.wikipedia.org/wiki/Pa%C3%ADses_menos_desarrollados#Comercio_internacional